15/08/2025
Datos del IERIC
ECONOMÍA   Datos del IERIC

15/08/2025

Los salarios en la construcción aumentaron un 36,9% en un año y quedaron por debajo de la inflación

Entre mayo de 2024 y el mismo mes de este año, los trabajadores de la construcción lograron un aumento del 36,9% mientras que en igual lapso la inflación fue del 44,7%. Esta diferencia determinó una caída del poder de compra en el sector que fue del 7,8%.


Los salarios en la construcción aumentaron un 36,9% en un año y quedaron por debajo de la inflación

En mayo los salarios en la construcción en la provincia alcanzaron un monto promedio de $823.288 y con ese valor el sector obtuvo un aumento salarial del 36,9% con respecto al mismo mes de 2024.

Según los datos publicados en el informe de coyuntura que mensualmente elabora el IERIC y a los que economiariojana tuvo acceso, en mayo un trabajador de la construcción en La Rioja percibió un sueldo promedio de $823.288, lo que representó un incremento interanual del 36,9%.

A su vez, en el mismo lapso la inflación fue del 44,7%. Es decir que, entre mayo de 2024 y el mismo mes de este año los salarios en la construcción quedaron un 7,8% por debajo de la inflación. Esto quiere decir en el lapso analizado hubo una caída del poder de compra de los salarios del 7,8%. Acá hay que tener en cuenta que la gestión del presidente Javier Milei arrancó con una devaluación del 118% (diciembre de 2023). Eso se tradujo de inmediato en una pérdida del 118% del poder adquisitivo de los salarios y que el sector asalariado de todos los rubros del mercado laboral nunca pudo recuperar.

Por otra parte, a nivel país los sueldos promedio en la construcción llegaron a $1.067.001 en mayo. Esto significa que en ese mes los salarios en la construcción en La Rioja quedaron $243.713 por debajo de la media nacional.

Los datos de este informe solo abarcan a los trabajadores registrados y el salario promedio mencionado es en relación a la carga horaria establecida en el convenio colectivo de trabajo que rige para el sector y según el cual dicha carga laboral no puede superar las 9 horas de trabajo diarias.


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